Canal de Denuncias Nacional

En el marco de la implementación de un Modelo de Prevención de Delitos y de conformidad a lo establecido en la Ley N° 20.393 sobre la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y sus modificaciones (en adelante “Ley RPPJ”), el directorio de ARTEL (en adelante la “Compañía” o la “Sociedad”) ha implementado un medio de comunicación, denominado “Canal de Denuncias”, dirigido a trabajadores, ejecutivos, directores, asesores contratistas, subcontratistas, proveedores, clientes y terceros, con el objetivo que puedan denunciar y/o consultar por hechos, conductas, irregularidades o incumplimientos a los valores y principios establecidos en el Código de Ética de la Sociedad, a las demás normas y políticas de la Compañía, a la Ley RPPJ o a cualquier otra ley o normativa vigente en el país.

Este Canal de Denuncias permite mantener la confidencialidad y el anonimato conforme a las normas legales.

El usuario seleccionando la casilla correspondiente podrá: (i) identificarse completando su nombre, correo electrónico y/o teléfono de contacto, información que será tratada con absoluta reserva; o (ii) no revelar su identidad, formulando la denuncia en forma anónima.

Medios Habilitados
El denunciante podrá realizar su denuncia por las siguientes vías:
  • Canal de denuncias habilitado en las páginas web https://www.artel.cl y https://www.nacional.cl y en la intranet de las respectivas unidades de negocio http://intranet.artel.cl/ y http://intranet.nacional.cl/
  • Gerente de Área o Jefe Directo.
  • Comunicación telefónica al Encargado de Prevención de Delitos (Oficial de Riesgo y Cumplimiento).
  • Correo electrónico al “Canal de Denuncia”: denuncias@artel.cl / denuncias@nacional.cl, que será́ revisado únicamente por el Encargado de Prevención del Delito.

  • Nota: Las denuncias recibidas por correo electrónico, no tienen la alternativa del anonimato, como si las denuncias recibidas por el canal de denuncias.

    Los Gerentes de Área y/o Jefes Directos deberán comunicar de forma inmediata las denuncias recibidas al Encargado de Prevención, poniendo a su disposición todos los antecedentes recibidos. Aquellas denuncias enviadas a través del “Canal de Denuncia” serán recibidas en forma directa por el Encargado de Prevención.